La SCJN ordena juzgar desapariciones de defensoras con perspectiva de género
El pleno de la Suprema Corte estableció que los casos de desaparición de mujeres defensoras deben ser analizados bajo un enfoque de género e interseccionalidad.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución obligatoria que establece que todas las investigaciones judiciales relacionadas con la desaparición de mujeres defensoras de derechos humanos deben realizarse bajo un estricto enfoque de género e interseccionalidad. Esta decisión, tomada este 25 de julio de 2026, determina que el análisis judicial no puede ser opcional, sino una obligación procesal para garantizar el acceso a la justicia en contextos donde las víctimas enfrentan riesgos específicos por su labor social.
La determinación de la Corte subraya que los juzgadores tienen el deber de considerar las dinámicas de poder, los prejuicios de género y las condiciones de vulnerabilidad que atraviesan las mujeres en México. Al integrar la interseccionalidad, los tribunales deberán valorar cómo factores como el origen étnico, la ubicación geográfica y la actividad de defensa de derechos humanos inciden en la violencia ejercida contra ellas, evitando que las investigaciones se limiten a una visión generalizada de los hechos.
Esta medida busca cerrar brechas en los procesos de búsqueda y sanción, otorgando a las fiscalías y a los tribunales herramientas claras para evitar la revictimización y el archivo prematuro de expedientes. La resolución surge tras años de exigencias por parte de colectivos y organizaciones de la sociedad civil, quienes han señalado que las desapariciones de mujeres defensoras suelen estar vinculadas a represalias directas por su activismo en causas sociales, ambientales o territoriales.
Con esta sentencia, la SCJN marca un precedente para la judicatura federal y estatal, obligando a una revisión de los protocolos actuales de investigación. La normativa exige que, ante cualquier caso de esta naturaleza, los operadores de justicia identifiquen si el móvil del delito está relacionado con la labor de defensa, lo cual es fundamental para determinar las líneas de investigación correctas y asegurar la protección de quienes continúan con estas causas.
La implementación de este fallo será monitoreada por los organismos de derechos humanos, quienes han calificado la decisión como un paso necesario para combatir la impunidad. A partir de hoy, los jueces que omitan aplicar esta perspectiva de género e interseccionalidad podrán incurrir en responsabilidades administrativas, fortaleciendo así el marco de protección legal para las mujeres que desempeñan labores de defensa en todo el territorio nacional.


